CÓMO COBRAR UN PREMIO DEL SORTEO DE NAVIDAD

A escasos días de la celebración del Sorteo Extraordinario de Navidad, y cuando todo está listo para que se repartan 2.380 millones de euros en premios, recordamos las cuestiones más relevantes para cobrar los premios este año:



    • Es requisito imprescindible presentar el décimo o resguardo premiado para poder cobrar un premio de Lotería de Navidad.
    • Se recuerda que si los premios son inferiores a 2.000 € por cada décimo o resguardo, se pueden cobrar exclusivamente en uno de los 11.000 puntos de venta de la red comercial de Loterías, a partir de la tarde del 22 de diciembre, cuando finalicen tanto las verificaciones de los números extraídos como los procesos informáticos. Dado que el Sorteo se celebra en domingo, hay que tener en cuenta que los puntos de ventas pueden no estar abiertos al público ese día.
    • Si el premio acumula un importe igual o superior a 2.000 € se cobrará en las entidades financieras autorizadas cuya lista se encuentra disponible en los puntos de venta de Loterías y en la página web oficial: www.loteriasyapuestas.es. No obstante, en este caso hay que recordar que los domingos no suele ser un día de apertura para las entidades financieras.
    • Se recuerda que: o El pago debe ser inmediato, con la única tardanza de la verificación de dicho premio a través de nuestra pasarela de pago. No obstante, las entidades financieras no podrán hacer efectivo el pago del premio sin recabar de los perceptores de los premios la documentación e información necesaria para dar cumplimiento a la normativa sobre prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, normativa fiscal o de cualquier otra índole que resulte de aplicación.

El pago se realizará mediante cheque o transferencia bancaria, a elección de la persona agraciada. Para su cobro no podrán obligar al jugador agraciado a abrir cuenta alguna en dicha entidad financiera. Tampoco podrán cobrar ningún tipo de gasto ni comisión por realizar el pago.

    • Este año el Gordo será más gordo: los ganadores del Gordo de Navidad 2019 cobrarán un importe neto de 324.000 euros (frente a los 322.000 del Sorteo del año pasado). Ello es debido a que la cuantía exenta del gravamen especial sobre premios este año es 20.000 euros (el mínimo se incrementará a 40.000 euros para premios derivados de sorteos celebrados en el año 2020, es decir, que aplicará, por ejemplo, al Sorteo de El Niño).
    • El derecho al cobro de los premios de Lotería de Navidad caduca a los tres meses, contados a partir del día siguiente al de la celebración del sorteo. Es decir, que se pueden presentar al cobro los décimos o resguardos premiados de Lotería de Navidad hasta el 23 de marzo de 2020, inclusive.
    • Si el décimo o resguardo premiado está deteriorado el cliente debe personarse en un punto de venta de Loterías, cumplimentar el formulario “Solicitud de Pago de Premios”, firmarlo y aportar el décimo o resguardo deteriorado, que será remitido a Loterías para su autenticación.
    • Si el décimo se comparte, hay que identificar a todos los participantes a la hora de cobrar los premios iguales o superiores a 2.000€ en las entidades financieras.
    • Los ganadores pueden solicitar un certificado acreditativo del premio a efectos fiscales.

Si cobran el premio en uno de los puntos de venta de la red comercial de Loterías, a petición del cliente/beneficiario, el Punto de Venta cumplimentará la solicitud de certificado por ingresos por premios menores de Lotería Nacional para su posterior envío a Loterías, adjuntando fotocopia por ambos lados del DNI en vigor del Beneficiario. Loterías lo expedirá y lo remitirá directamente al domicilio del Beneficiario que lo haya solicitado.

En caso de que lo cobre en una entidad financiera, el certificado se puede descargar en la página de Loterías (https://www.selae.es/es/web-corporativa/normativa/descarga-certificado-premios).

    • Si el décimo ha sido sustraído es recomendable presentar denuncia ante las autoridades competentes. Si dicho décimo resultara premiado, el cliente puede personarse en un juzgado con la denuncia para que se inicie el proceso correspondiente.














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