Bases para la adjudicaciĆ³n de chiringuitos en la Rosaleda del parque durante la Feria de HellĆn 2024
Primera. – Convocatoria.
El Excmo. Ayuntamiento de HellĆn, a travĆ©s de la concejalĆa de Feria y Fiestas, convoca las bases para solicitar una parcela en la Rosaleda del Parque o en la Calle Obispo Luis AmigĆ³ para instalar un chiringuito de aperitivos y comidas, durante la Feria de HellĆn 2024.
PodrĆ”n solicitarla todas aquellas CofradĆas y Hermandades de Semana Santa de HellĆn y Asociaciones sin Ć”nimo de lucro de carĆ”cter socio-sanitario, deportivo o cultural, que estĆ©n legalmente constituidas.
La CofradĆa, Hermandad o AsociaciĆ³n que obtenga una de estas plazas, en ningĆŗn caso podrĆ” subarrendarla.
Segunda. – PresentaciĆ³n de solicitudes.
Los solicitantes deberĆ”n presentar en el Instancia General al Ayuntamiento de HellĆn por Registro electrĆ³nico la siguiente documentaciĆ³n:
– Instancia dirigida a la concejalĆa de Feria y Fiestas
– Fotocopia de los estatutos.
Tercera. – Plazo de presentaciĆ³n.
El plazo de presentaciĆ³n de solicitudes comenzarĆ” el dĆa 29 de julio y finalizarĆ” el dĆa 16 de agosto a las 14 horas.
Cuarta. – Lugar de instalaciĆ³n.
El espacio de cada una de las parcelas se repartirĆ” entre todas las solicitudes presentadas en tiempo y forma, siendo designadas por sorteo la ubicaciĆ³n de cada uno de los colectivos en presencia de todos ellos que se celebrarĆ” el lunes 19 de agosto.
Quinta. – Permanencia en el recinto.
El periodo de permanencia serĆ” desde el 28 de septiembre hasta el 8 de octubre.
Sexta. – Obligaciones de los colectivos participantes.
1. Las CofradĆas y Hermandades y Asociaciones con espacios en la Rosaleda del Parque o calle Obispo Luis AmigĆ³ u otro recinto ampliado, asumirĆ”n todos los gastos de alquiler y montaje de carpas y suministro elĆ©ctrico.
2. Asimismo, estos colectivos se comprometen a cumplir las condiciones higiĆ©nico-sanitarias y de consumo para la venta de alimentos, mantener diĆ”fanos los espacios asignados para el paso y trĆ”nsito de personas y servicios de seguridad y emergencias como policĆa, bomberos, ambulancias, protecciĆ³n civil, etc.
3. Las cofradĆas, hermandades y asociaciones mantendrĆ”n la limpieza del entorno de su parcela, asĆ como la ubicaciĆ³n de los contenedores de residuos en las zonas asignadas, evitando tener Ć©stos a la vista del pĆŗblico.
SĆ©ptima. – ProhibiciĆ³n.
SegĆŗn la Ley 2/1995, de 2 de marzo, de Castilla La Mancha, sobre la prohibiciĆ³n de venta y publicidad a menores de bebidas alcohĆ³licas, no se permitirĆ” la venta ni el suministro de bebidas alcohĆ³licas a menores de 18 aƱos durante las actividades realizadas por estos colectivos. Por ello todos los adjudicatarios deberĆ”n instalar en lugar visible un cartel con referencia a esta Ley.
Octava. – De la concejalĆa de Feria y Fiestas.
La concejalĆa de Feria y Fiestas se compromete a que el montaje de las carpas en las zonas asignadas estĆ© a disposiciĆ³n de los colectivos para el montaje individual de infraestructuras con la suficiente antelaciĆ³n al primer dĆa de comienzo de feria, asĆ como de facilitar el suministro de agua potable y desagĆ¼es.
Novena. – Seguros.
Cada CofradĆa o Hermandad y AsociaciĆ³n deberĆ” tener suscrita una pĆ³liza de Seguro de Responsabilidad Civil con vigencia reducida a las fechas de realizaciĆ³n de la Feria para cubrir las responsabilidades que pudieran derivarse del desarrollo de la actividad.
Decima. – AceptaciĆ³n de las bases.
Las CofradĆas y Hermandades y Asociaciones seleccionadas aceptan Ćntegramente las bases de esta convocatoria.